Funciones Ayudante Instituciones Penitenciarias
Funciones Ayudante Instituciones Penitenciarias
TABLA DE CONTENIDOS
- Dependiendo del puesto de trabajo que desempeñes dentro del Cuerpo de Ayudante de Instituciones Penitenciarias tendrás una funciones diferentes. Conoce todos los puestos y funciones a los que puedes optar dentro de estas oposiciones.
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Cuerpo Ayudante Instituciones Penitenciarias: Funciones
Una vez apruebas las oposiciones de Ayudante de Instituciones Penitenciarias contarás con diferentes unidades donde podrás desempeñar tu trabajo, por ello las funciones dentro del cuerpo dependerán del puesto de trabajo que se ocupe.
Los puestos de trabajo en los que se puede desempeñar la actividad laboral son:
- Jefe de Servicios
- Jefe de Gabinete del Director
- Educador
- Coordinador de Servicios de Interior
- Jefe Área Mixta
- Jefe de Oficinas
- Oficinas
- Vigilancia I
- Vigilancia II
Ahora vamos a ver, según el puesto de trabajo, algunas de las funciones que deberás desempeñar. Si tu trabajo se encuentra en el puesto de Jefe de Servicios esas funciones seran:
- Informar de la marcha de los servicios al Director
- Cuidar la disciplina general y de que se realicen los servicios de la manera que se han establecido
- Orientar a los funcionarios en el cumplimiento de sus tareas
- Visitar todos los locales del establecimiento
- Adoptar provisionalmente las medidas indispensables para mantener el orden y el buen funcionamiento de los servicios regimentales.
- Controlar las llaves de dormitorios y locales que no estén siendo utilizadas
- Organizar los actos colectivos
- Controlar que los funcionarios realicen los cacheos, requisas y recuentos
- Dirigir la Oficina de Jefatura de Servicios
Si tu función es la de Jefe de Gabinete del Director tendrás como tareas:
- Realización de informes
- Coordinación de las tareas de gestión de Recursos Humanos
Un Educador en su puesto de trabajo realiza las funciones de:
- Realización de tareas complementarias en materia de observación y tratamiento
- Realizar informes y propuestas
- Coordinar y realizar programas de intervención.
Si tu trabajo es la de Coordinador de Servicios Interior contarás con tareas como:
- Coordinar y controlar los movimientos de los internos
- Comprobar personalmente que los funcionarios asignados mediante el Libro de Servicios a cada una de las Unidades se han hecho cargo del mismo
- Autorizar la salida temporal de los funcionarios de servicio de las Unidades donde lo tienen asignado a otras Unidades, determinando, en su caso, su sustitución por otro funcionario
- Apoyar al Jefe de Servicios, realizando o controlando las tareas y actividades que éste le encomiende.
- Implementar las tareas atribuidas a la Oficina de Servicio Interior.
- Participar en los programas específicos que organice la Subdirección de Seguridad.
Si trabajas como Jefe de Área Mixta tendrás las funciones tanto de vigilancia y control de internos, como otras de tipo burocrático, administrativo o de atención al público, es decir, realizarás tareas tanto de funcionario de vigilancia como de funcionario de oficina.
Dentro de las tareas de vigilancia se puede solicitar una plaza en dos tipos de vigilancia: Vigilancia I y Vigilancia II, ¿cuál es la diferencia entre estos dos tipos?
Los funcionarios de vigilancia I tienen mayor contacto con los internos que los funcionarios de vigilancia II. Si bien todos ellos tienen como tareas principales la observación de los internos, los recuentos, la apertura y cierre de puertas, etcétera, la vigilancia de tipo II se centra en las áreas de astrillos exteriores, cocina, ingresos y libertades, comunicaciones, paquetes, información al exterior, es decir, aquellas que pueden atender también a visitantes y que no suponen trabajar “codo a codo” con los reclusos.
Vigilancia I incidiría por ejemplo en cacheos, recuento nocturno, asistencia en celda de aislamiento, etc y hará turnos nocturnos (mañanas-tardes-noches), mientras que vigilancia II no suele desempeñarlos y sus horarios son de mañanas o tardes. Debido al carácter más especial del grupo I, el sueldo también es algo mayor.
Por otro lado está el grupo de funcionarios del cuerpo de ayudantes que trabaja en oficinas. Estos no tienen contacto directo con los internos, su trabajo se concentra en realizar las tareas asignadas y recogidas en el Real Decreto 1201/1981 por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario de 1981, pero, en general tienen a su cargo las funciones de organización, control y realización de los procedimientos a su cargo.
El Ministerio del Interior, tras las convocatorias de cada año, publica el listado de puestos vacantes en cada centro penitenciario para que los opositores que han obtenido plaza, elijan. Podrán elegir por orden de puntuación el centro que más les convenga en atención al lugar donde esté ubicado y el puesto que se oferte.
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