Nace el Estatuto básico del empleado público

EMPLEO PÚBLICO

El pasado 13 de mayo entró en vigor el Estatuto Básico del Empleado Público, que se aplicará a 2,5 millones de funcionarios y contratados laborales de la administración general del estado, comunidades autónomas y entidades locales. Así, dicho estatuto, cuyo desarrollo obedece al artículo 149 de la Constitución, establece que los empleados públicos deberán responder de los resultados de su actuación, para lo que se fija la evaluación objetiva del desempeño como elemento clave y mecanismo de modernización.

La Ley determina también las normas aplicables al personal laboral y garantiza la aplicación de los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad en el acceso y promoción profesional. Propone, asimismo, la creación de la figura del personal directivo, que introducirá un nivel personal y directo a la hora de responsabilizarse de los resultados de la gestión, y fomentará la mayor implicación en los objetivos del sector público.


Mejoras

Los servicios públicos se ven mejorados con la entrada en vigor de este estatuto: incentivos para los mejores empleados que logren buenos resultados y se esfuercen; código de conducta que regulará los derechos y deberes de los empleados públicos; garantía de igualdad en el empleo y en el nivel de servicios que reciben todos los ciudadanos; tolerancia cero con la discriminación y el acoso laboral, considerando estas prácticas falta muy graves, que podrán conllevar separaciones del servicio; y modernización de las normas de acceso y los procesos selectivos, apostando por la profesionalización de los órganos de selección anteponiendo, en su elección, criterios técnicos a la adscripción política o sindical.

Además, los empleados públicos mejorarán sus condiciones laborales. El estatuto crea un modelo homogéneo de función pública, un marco básico para todos los empleados públicos en la totalidad del país, al tiempo que respeta las competencias de comunidades autónomas y ayuntamientos para mejorar los servicios públicos que prestan a los ciudadanos. Las retribuciones básicas serán iguales para todas las administraciones públicas, mientras que las complementarias serán fijadas por cada administración, con lo que se logrará una estructura retributiva más adecuada a la realidad actual. Los factores que compondrán las retribuciones complementarias serán la especial dificultad técnica, la progresión alcanzada en la carrera, el grado de interés, de iniciativa o de esfuerzo. Asimismo, se reduce la temporalidad, como objetivo esencial del nuevo marco laboral de las administraciones para fomentar empleo estable y de calidad.

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